Reglamento del Servicio Social.

1.) Diligenciar el registro establecido institucionalmente con la respectiva autorización del Padre, Madre o Acudiente (Representante Legal). El formato NO debe presentar tachones, borrones, sobreescritura, correctores o enmendaduras que afecten su validez.


2.) Cumplir con el horario establecido, las funciones que le sean asignadas y el tiempo total de servicio (noventa horas).


3.) El estudiante debe portar el uniforme establecido por la Institución Educativa en el manual de convivencia.


4.) Asumir con responsabilidad, seriedad, respeto y compromiso la prestación del Servicio Social Estudiantil.


5.) Acatar las instrucciones recibidas por parte de los coordinadores y personas responsables del Servicio Social, tanto en Institución Educativa como en las Instituciones externas donde va realizar el servicio social.


6.) Informar oportunamente cualquier dificultad o anomalía que se presente durante la prestación del servicio social en el lugar establecido.


7.) Hacer uso correcto de los recursos y materiales facilitados para prestar el servicio social.


8.) Cuando la Institución Educativa les asigne un distintivo o carnet, este deberá ser portado por el estudiante en un lugar visible.


9.) En caso de enfermedad o calamidad doméstica, el estudiante debe dar aviso oportuno y presentar por escrito la excusa correspondiente por su inasistencia, la cual debe estar debidamente autorizada y confirmada.


10.) Si el servicio social se realiza en una Institución Externa, se debe solicitar un certificado escrito en papel membrete con las firmas y sellos de la Entidad, en donde se indique el nombre del estudiante y las horas realizadas como Servicio Social Estudiantil Obligatorio.


11.) El servicio social se cancelará inmediatamente si el estudiante presenta tres (3) faltas de asistencia sin justificación.


12.) El estudiante que cancele su servicio social y/o cometa alguna falta contra el presente reglamento o contra lo dispuesto en los deberes que están establecidos en el manual de convivencia de la Institución Educativa y de las Instituciones Externas, se le iniciará el debido proceso, se le aplicarán las correctivos correspondientes y podrá llegar a perder el tiempo invertido en el Servicio Social.


13.) De acuerdo con las leyes educativas vigentes, el servicio social estudiantil es un requisito para graduarse como bachiller.


14.) El servicio social solo debe realizarce para atender necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento del tiempo libre, tales como la promoción de la salud, la educación ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles, la prevención de factores degradantes (adicciones), la recreación dirigida y el fomento de actividades fisicas, prácticas e intelectuales.


15.) El estudiante debe reclamar ante la Secretarìa Académica de la Institución Educativa la constancia escrita respectiva, que certifica la finalización y cumplimiento satisfactorio del Servicio Social Estudiantil Obligatorio.

Requisitos en Institución Externa.

Señor(a) ESTUDIANTE: Para realizar su SERVICIO SOCIAL en una Institución Externa debe cumplir lo siguiente:

 

1.)    Traer una carta de la INSTITUCION EXTERNA donde se solicite al Colegio el Estudiante (nombres y documento de identidad), los días y el horario que va a cumplir, las actividades que va a desempeñar y el nombre del funcionario responsable que va a supervisar las 90 (noventa) horas de Servicio Social.

 

2.)    Copia del formato de “CONTROL HORAS SERVICIO SOCIAL”  el cual se puede descargar de la página http://ieps-serviciosocial.jimdo.com. Este formato debe contener las firmas de autorización de los Padres de Familia o Acudientes Legales del Estudiante.

 

3.)    Fotocopia legible del documento de Identidad. EL estudiante debe presentar ante la Institución Externa una fotocopia de la afiliación a la E.P.S. (SALUD).

 

4.)    Luego de revisados los anteriores documentos el colegio elabora una carta de presentación del estudiante ante la Institución Externa, la cual debe ser firmada en señal de recibo y aceptación por parte de un representante de dicha Institución.

 

 

SIN EXCEPCIÓN, NINGÚN ESTUDIANTE PODRÁ INICIAR EL SERVICIO SOCIAL SIN EL CUMPLIMIENTO PREVIO DE ESTOS REQUISITOS, ADEMAS DE LOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO (véase formato Control Horas).

 

Medellín, Enero de 2019.